LA JUSTICIA EN LA EDAD MEDIA

 LA JUSTICIA EN LA EDAD MEDIA






Al principio de la Edad Media la venganza era una institución: el ofendido y su familia se vengaban del ofensor y de los suyos de modo que el castigo de un delito originaba in verdadero estado de guerra que a veces se hacía hereditario entre las familias. También era frecuente la llamada "composición", en virtud de la cual el ofensor o su familia debía hacer entrega de una cantidad al ofendido, en reparación de los daños causados.

Más tarde la cuestiones se ventilaron frente a frente, en duelo, pero éste sólo tenía lugar entre caballeros y se celebraba ante los jueces y se llamaba "Juicio de Dios" creyendo que Dios daría la victoria al que tuviese la razón de su parte.

Método de Tortura llamado "Tormento De Agua"

La Iglesia proclamó que la persecución de los delitos y faltas, así como la administración de justicia civil, era un deber del príncipe y del señor, y dio a la vez ideas que humanizaron la justicia y los sistemas penitenciarios. En el Concilio de Letrán (1215), la Iglesia prohibió las llamadas ordalías que hasta entonces se hallaban establecidas para los vasallos, siervos y mujeres. 
Consistían en exponer al presunto culpable ante un peligro, esperando que si era inocente saliera incólume, puesto que Dios haría un milagro par demostrar su inocencia. Se le obligaba a introducir un brazo en una caldera con agua hirviendo, a sostener un hierro candente, o bien a caminar lentamente sobre ascuas, etc. Eran frecuentes los interrogatorios en el tormento. Las cárceles eran verdaderas mazmorras carentes de aire y de luz.


La Iglesia atenuó el rigor de tales procedimientos, que fueron sustituidos por otros más humanos; se procuró que el reo fuera juzgado por los "pares"; es decir, por un tribunal compuesto de personas iguales a las del acusado, y así el barón era juzgado por un tribunal de barones; el caballero, por caballeros, etc. Finalmente, los tribunales de la Iglesia tuvieron jurisdicción para administrar justicia. En los juicios, además de los acusadores, se daba audiencia al acusado, a los testigos ya los defensores, con lo que las clases populares se beneficiaron grandemente del nuevo estados de cosas, ya que podía solicitar ser juzgados por los "tribunales eclesiásticos".

En la Provenza de los siglos XI al XIV existieron las llamadas "cortes de amor" en las cuales las damas más distinguidas disputaban sobre temas de caballería, gentileza y amor.

El Feudalismo fue, pues, una institución necesaria en la cual se dieron contrastes muy extremados, y es junto a hechos de gran violencia e injusticia encontramos rasgos de espiritualidad.


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